El TSJ de Asturias obliga a la Seguridad Social a pagar la pensión de un autónomo desde 2020

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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dado la razón a un trabajador autónomo y ha rechazado el recurso presentado por la Seguridad Social. La sentencia confirma que el afectado tiene derecho a cobrar su pensión de incapacidad permanente total desde el 6 de noviembre de 2020, fecha en la que se le reconoció la incapacidad, y no desde su baja en el régimen de autónomos en febrero de 2022, como defendía la Seguridad Social.

¿Cuál era el conflicto?

La Seguridad Social había denegado inicialmente la pensión al trabajador, pero un juez le dio la razón y reconoció su incapacidad. El problema surgió a la hora de determinar desde cuándo debía empezar a cobrar la pensión. Había dos opciones:

  • 6 de noviembre de 2020: Fecha en la que los médicos del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) determinaron que el trabajador estaba incapacitado.
  • 11 de febrero de 2022: Fecha en la que el trabajador se dio de baja como autónomo.

La Seguridad Social defendía que la pensión debía empezar a contar desde la baja en autónomos, pero la defensa del trabajador argumentó que debía ser desde el momento en que los médicos confirmaron su incapacidad.

La clave de la sentencia

Uno de los argumentos de la Seguridad Social era que el trabajador había cobrado una prestación por un accidente de trabajo después de la fecha del dictamen médico. Según el organismo, eso demostraba que seguía trabajando. Sin embargo, el tribunal ha dejado claro que el hecho de haber sufrido un accidente no significa que estuviera en activo, sino que, al contrario, prueba su incapacidad para seguir trabajando.

¿Qué significa esta sentencia?

El fallo del tribunal supone que el trabajador podrá cobrar su pensión desde 2020, lo que le da derecho a recibir pagos atrasados por más de un año de pensión que la Seguridad Social no quería reconocerle. Además, esta sentencia sienta un precedente importante para otros autónomos que puedan encontrarse en una situación similar.

La Seguridad Social aún puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, pero, por ahora, esta decisión supone una victoria para el trabajador afectado.

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