El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Oviedo ha anulado una sanción impuesta al Hotel Prau Ríu por organizar un evento musical sin licencia específica. La sentencia confirma que este tipo de actividades están amparadas por la licencia hotelera general, siempre que respeten los límites legales.
La denuncia, presentada por la asociación “Asturias de Noche”, carecía de pruebas sólidas. El expediente se basaba en publicaciones en redes sociales, sin inspección presencial ni mediciones acústicas.
El juzgado destaca que los eventos recreativos y musicales forman parte de los servicios complementarios que pueden ofrecer los hoteles, según el Decreto 18/2023 del Principado de Asturias. Además, recuerda que el propio Ayuntamiento de Llanes había colaborado en eventos anteriores del mismo hotel, lo que refuerza la idea de que estas actividades eran conocidas y permitidas.
Desde el despacho Lozano Abogados, que ha defendido al hotel, se valora la sentencia como un respaldo al sector hotelero asturiano y una protección frente a sanciones injustificadas.